Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Cuarto Debate

Síntesis:
El Patrimonio Cultural Sumergido, de acuerdo con la definición de ley, está constituido por bienes tales como vestigios producto de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos, asentamientos o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, especies náufragas de naves o artefactos navales y su dotación, restos o partes de embarcaciones, dotaciones o elementos yacentes dentro de estas o en circunstancias similares, por los navíos y sus contenidos. Este proyecto pretende viabilizar la asociación del Estado con inversionistas privados o con instancias nacionales e internacionales, para emprender proyectos de exploración y rescate de naufragios y otros tipos de yacimientos arqueológicos sumergidos. También aclara aspectos que se encuentran claramente delineados por la Ley 1185 de 2008 para la arqueología terrestre, pero que carecían de regulación propia en el caso del Patrimonio Cultural Sumergido. Concede al Ministerio de Cultura y al Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH la facultad de declarar áreas arqueológicas protegidas relacionadas con este tipo de patrimonio; establece el deber de denuncia de los hallazgos fortuitos y obliga a la implementación de programas de arqueología preventiva en aquellos proyectos de infraestructura y exploración/explotación de recursos naturales que puedan generar impactos sobre el patrimonio cultural sumergido.
Acta:

69/13

Fecha:

June 19, 2013

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Tipo de iniciativa:

Proposiciones

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Cámara de Representantes

Motivo de la votación:

Aprobación de la proposición modificativa al artículo 3 presentada por el senador Carlos Alberto Baena López al Proyecto de ley número 185 de 2012 Sen

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 22

No: 44

Abstención: 28

Ausentes: 4

Asistencias: 0

Aprobada: 0

Resultado de la votación:
García Turbay Lidio Arturo no asistio Jiménez Gómez Gilma no asistio Moreno Piraquive Alexandra no asistio Mota y Morad Karime no asistio Alfonso López Héctor Julio si Avellaneda Tarazona Luis Carlos si Avirama Avirama Marco Aníbal si Baena López Carlos Alberto si Corzo Román Juan Manuel si Correa Jiménez Antonio José si Galvis Aguilar Honorio si Galvis Méndez Daira de Jesús si Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si Guevara Jorge Eliécer si Lizcano Arango Óscar Mauricio si López Maya Alexánder si Lozano Ramírez Juan Francisco si Name Cardozo José David si Ospina Gómez Mauricio Ernesto si Robledo Castillo Jorge Enrique si Romero Galeano Camilo Ernesto si Sánchez Ortega Camilo Armando si Soto Jaramillo Carlos Enrique si Sudarsky Rosenbaum John si Virgüez Piraquive Manuel Antonio si Zuluaga Aristizábal Jaime Alonso si Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio no Andrade Serrano Hernán Francisco no Arrieta Buelvas Samuel Benjamín no Ashton Giraldo Álvaro Antonio no Barreras Montealegre Roy Leonardo no Celis Carrillo Bernabé no Cepeda Sarabia Efraín José no Clavijo Contreras José no Córdoba Suárez Juan de Jesús no Cristo Bustos Juan Fernando no Char Abdala Fuad Ricardo no Delgado Blandón César Tulio no Delgado Ruiz Édinson no Duque García Luis Fernando no Enríquez Maya Carlos Eduardo no Ferro Solanilla Carlos Roberto no Galán Pachón Juan Manuel no García Burgos Nora María no Gerléin Echeverría Roberto no Herrera Acosta José Francisco no Hoyos Giraldo Germán Darío no Hurtado Angulo Hemel no Iragorri Hormaza Jorge Aurelio no Laserna Jaramillo Juan Mario no Martínez Aristizábal Maritza no Merheg Marún Juan Samy no Morales Diz Martín Emilio no Motoa Solarte Carlos Fernando no Olano Becerra Plinio Edilberto no Paredes Aguirre Myriam Alicia no Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando no Prieto Soto Eugenio Enrique no Quintero Marín Carlos Arturo no Restrepo Escobar Juan Carlos no Rodríguez Sarmiento Milton Arlex no Santos Marín Guillermo Antonio no Sierra Grajales Luis Emilio no Suárez Mira Olga Lucía no Tamayo Tamayo Fernando Eustacio no Torrado García Efraín no Vélez Uribe Juan Carlos no Villalba Mosquera Rodrigo no Villegas Villegas Germán no Zapata Correa Gabriel Ignacio no