Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobado Cuarto Debate
Síntesis:
El Patrimonio Cultural Sumergido, de acuerdo con la definición de ley, está constituido por bienes tales como vestigios producto de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos, asentamientos o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, especies náufragas de naves o artefactos navales y su dotación, restos o partes de embarcaciones, dotaciones o elementos yacentes dentro de estas o en circunstancias similares, por los navíos y sus contenidos.
Este proyecto pretende viabilizar la asociación del Estado con inversionistas privados o con instancias nacionales e internacionales, para emprender proyectos de exploración y rescate de naufragios y otros tipos de yacimientos arqueológicos sumergidos. También aclara aspectos que se encuentran claramente delineados por la Ley 1185 de 2008 para la arqueología terrestre, pero que carecían de regulación propia en el caso del Patrimonio Cultural Sumergido.
Concede al Ministerio de Cultura y al Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH la facultad de declarar áreas arqueológicas protegidas relacionadas con este tipo de patrimonio; establece el deber de denuncia de los hallazgos fortuitos y obliga a la implementación de programas de arqueología preventiva en aquellos proyectos de infraestructura y exploración/explotación de recursos naturales que puedan generar impactos sobre el patrimonio cultural sumergido.
Acta:
69/13
Fecha:
June 19, 2013
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2011 - Jul 2012
Tipo de iniciativa:
Proposiciones
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Cámara de Representantes
Motivo de la votación:
Aprobación de la proposición modificativa al artículo 3 presentada por el senador Carlos Alberto Baena López al Proyecto de ley número 185 de 2012 Sen
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 22
No: 44
Abstención: 28
Ausentes: 4
Asistencias: 0
Aprobada: 0
Resultado de la votación:
García Turbay Lidio Arturo no asistio
Jiménez Gómez Gilma no asistio
Moreno Piraquive Alexandra no asistio
Mota y Morad Karime no asistio
Alfonso López Héctor Julio si
Avellaneda Tarazona Luis Carlos si
Avirama Avirama Marco Aníbal si
Baena López Carlos Alberto si
Corzo Román Juan Manuel si
Correa Jiménez Antonio José si
Galvis Aguilar Honorio si
Galvis Méndez Daira de Jesús si
Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si
Guevara Jorge Eliécer si
Lizcano Arango Óscar Mauricio si
López Maya Alexánder si
Lozano Ramírez Juan Francisco si
Name Cardozo José David si
Ospina Gómez Mauricio Ernesto si
Robledo Castillo Jorge Enrique si
Romero Galeano Camilo Ernesto si
Sánchez Ortega Camilo Armando si
Soto Jaramillo Carlos Enrique si
Sudarsky Rosenbaum John si
Virgüez Piraquive Manuel Antonio si
Zuluaga Aristizábal Jaime Alonso si
Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio no
Andrade Serrano Hernán Francisco no
Arrieta Buelvas Samuel Benjamín no
Ashton Giraldo Álvaro Antonio no
Barreras Montealegre Roy Leonardo no
Celis Carrillo Bernabé no
Cepeda Sarabia Efraín José no
Clavijo Contreras José no
Córdoba Suárez Juan de Jesús no
Cristo Bustos Juan Fernando no
Char Abdala Fuad Ricardo no
Delgado Blandón César Tulio no
Delgado Ruiz Édinson no
Duque García Luis Fernando no
Enríquez Maya Carlos Eduardo no
Ferro Solanilla Carlos Roberto no
Galán Pachón Juan Manuel no
García Burgos Nora María no
Gerléin Echeverría Roberto no
Herrera Acosta José Francisco no
Hoyos Giraldo Germán Darío no
Hurtado Angulo Hemel no
Iragorri Hormaza Jorge Aurelio no
Laserna Jaramillo Juan Mario no
Martínez Aristizábal Maritza no
Merheg Marún Juan Samy no
Morales Diz Martín Emilio no
Motoa Solarte Carlos Fernando no
Olano Becerra Plinio Edilberto no
Paredes Aguirre Myriam Alicia no
Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando no
Prieto Soto Eugenio Enrique no
Quintero Marín Carlos Arturo no
Restrepo Escobar Juan Carlos no
Rodríguez Sarmiento Milton Arlex no
Santos Marín Guillermo Antonio no
Sierra Grajales Luis Emilio no
Suárez Mira Olga Lucía no
Tamayo Tamayo Fernando Eustacio no
Torrado García Efraín no
Vélez Uribe Juan Carlos no
Villalba Mosquera Rodrigo no
Villegas Villegas Germán no
Zapata Correa Gabriel Ignacio no