Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobado Cuarto Debate
Síntesis:
El Patrimonio Cultural Sumergido, de acuerdo con la definición de ley, está constituido por bienes tales como vestigios producto de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos, asentamientos o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, especies náufragas de naves o artefactos navales y su dotación, restos o partes de embarcaciones, dotaciones o elementos yacentes dentro de estas o en circunstancias similares, por los navíos y sus contenidos.
Este proyecto pretende viabilizar la asociación del Estado con inversionistas privados o con instancias nacionales e internacionales, para emprender proyectos de exploración y rescate de naufragios y otros tipos de yacimientos arqueológicos sumergidos. También aclara aspectos que se encuentran claramente delineados por la Ley 1185 de 2008 para la arqueología terrestre, pero que carecían de regulación propia en el caso del Patrimonio Cultural Sumergido.
Concede al Ministerio de Cultura y al Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH la facultad de declarar áreas arqueológicas protegidas relacionadas con este tipo de patrimonio; establece el deber de denuncia de los hallazgos fortuitos y obliga a la implementación de programas de arqueología preventiva en aquellos proyectos de infraestructura y exploración/explotación de recursos naturales que puedan generar impactos sobre el patrimonio cultural sumergido.
Acta:
69/13
Fecha:
June 19, 2013
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2011 - Jul 2012
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Cámara de Representantes
Motivo de la votación:
Aprobación del artículo 15 del Proyecto de ley número 185 de 2012 Senado, 125 de 2011 Cámara, como está redactado en la ponencia.
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 53
No: 13
Abstención: 28
Ausentes: 4
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
García Turbay Lidio Arturo no asistio
Jiménez Gómez Gilma no asistio
Moreno Piraquive Alexandra no asistio
Mota y Morad Karime no asistio
Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio si
Alfonso López Héctor Julio si
Andrade Serrano Hernán Francisco si
Arrieta Buelvas Samuel Benjamín si
Ashton Giraldo Álvaro Antonio si
Avirama Avirama Marco Aníbal si
Barreras Montealegre Roy Leonardo si
Barriga Peñaranda Carlos Emiro si
Besaile Fayad Musa Abraham si
Casado de López Arleth Patricia si
Carlosama López Germán Bernardo si
Celis Carrillo Bernabé si
Cepeda Sarabia Efraín José si
Clavijo Contreras José si
Córdoba Suárez Juan de Jesús si
Corzo Román Juan Manuel si
Correa Jiménez Antonio José si
Cristo Bustos Juan Fernando si
Char Abdala Fuad Ricardo si
Delgado Ruiz Edinson si
Duque García Luis Fernando si
Enríquez Maya Carlos Eduardo si
Enríquez Rosero Manuel Mesías si
Ferro Solanilla Carlos Roberto si
Galán Pachón Juan Manuel si
Galvis Méndez Daira de Jesús si
García Burgos Nora María si
García Realpe Guillermo si
García Romero Teresita si
Gerlein Echeverría Roberto si
Herrera Acosta José Francisco si
Hurtado Angulo Hemel si
Iragorri Hormaza Jorge Aurelio si
Merheg Marún Juan Samy si
Mora Jaramillo Manuel Guillermo si
Morales Diz Martín Emilio si
Motoa Solarte Carlos Fernando si
Náme Cardozo José David si
Olano Becerra Plinio Edilberto si
Paredes Aguirre Myriam Alicia si
Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando si
Restrepo Escobar Juan Carlos si
Rodríguez Sarmiento Milton Arlex si
Sánchez Ortega Camilo Armando si
Santos Marín Guillermo Antonio si
Sierra Grajales Luis Emilio si
Suárez Mira Olga Lucía si
Sudarsky Rosenbaum John si
Tamayo Tamayo Fernando Eustacio si
Torrado García Efraín si
Valera Ibáñez Félix José si
Villalba Mosquera Rodrigo si
Zapata Correa Gabriel Ignacio si
Avellaneda Tarazona Luis Carlos no
Baena López Carlos Alberto no
Galvis Aguilar Honorio no
Guerra de la Espriella Antonio del Cristo no
Guevara Jorge Eliécer no
López Maya Alexander no
Lozano Ramírez Juan Francisco no
Ospina Gómez Mauricio Ernesto no
Romero Galeano Camilo Ernesto no
Soto Jaramillo Carlos Enrique no
Vélez Uribe Juan Carlos no
Virgüez Piraquive Manuel Antonio no
Zuluaga Aristizábal Jaime Alonso no