Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Cuarto Debate

Síntesis:
El Patrimonio Cultural Sumergido, de acuerdo con la definición de ley, está constituido por bienes tales como vestigios producto de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos, asentamientos o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, especies náufragas de naves o artefactos navales y su dotación, restos o partes de embarcaciones, dotaciones o elementos yacentes dentro de estas o en circunstancias similares, por los navíos y sus contenidos. Este proyecto pretende viabilizar la asociación del Estado con inversionistas privados o con instancias nacionales e internacionales, para emprender proyectos de exploración y rescate de naufragios y otros tipos de yacimientos arqueológicos sumergidos. También aclara aspectos que se encuentran claramente delineados por la Ley 1185 de 2008 para la arqueología terrestre, pero que carecían de regulación propia en el caso del Patrimonio Cultural Sumergido. Concede al Ministerio de Cultura y al Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH la facultad de declarar áreas arqueológicas protegidas relacionadas con este tipo de patrimonio; establece el deber de denuncia de los hallazgos fortuitos y obliga a la implementación de programas de arqueología preventiva en aquellos proyectos de infraestructura y exploración/explotación de recursos naturales que puedan generar impactos sobre el patrimonio cultural sumergido.
Acta:

69/13

Fecha:

June 19, 2013

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Tipo de iniciativa:

Proposiciones

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Cámara de Representantes

Motivo de la votación:

Aprobación del artículo nuevo presentado por la senadora Daira de Jesús Galvis Méndez al Proyecto de ley número 185 de 2012 Senado, 125 de 2011 Cámara

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 31

No: 35

Abstención: 28

Ausentes: 4

Asistencias: 0

Aprobada: 0

Resultado de la votación:
García Turbay Lidio Arturo no asistio Jiménez Gómez Gilma no asistio Moreno Piraquive Alexandra no asistio Mota y Morad Karime no asistio Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio si Alfonso López Héctor Julio si Arrieta Buelvas Samuel Benjamín si Avellaneda Tarazona Luis Carlos si Avirama Avirama Marco Aníbal si Baena López Carlos Alberto si Carlosama López Germán Bernardo si Celis Carrillo Bernabé si Correa Jiménez Antonio José si Cristo Bustos Juan Fernando si Char Abdala Fuad Ricardo si Delgado Ruiz Edinson si Galán Pachón Juan Manuel si Galvis Méndez Daira de Jesús si Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si Guevara Jorge Eliécer si Herrera Acosta José Francisco si Hurtado Angulo Hemel si López Maya Alexander si Lozano Ramírez Juan Francisco si Martínez Aristizábal Maritza si Morales Diz Martín Emilio si Motoa Solarte Carlos Fernando si Ospina Gómez Mauricio Ernesto si Restrepo Escobar Juan Carlos si Robledo Castillo Jorge Enrique si Romero Galeano Camilo Ernesto si Santos Marín Guillermo Antonio si Valera Ibáñez Félix José si Vélez Uribe Juan Carlos si Virgüez Piraquive Manuel Antonio si Andrade Serrano Hernán Francisco no Ashton Giraldo Álvaro no Barreras Montealegre Roy Leonardo no Barriga Peñaranda Carlos Emiro no Besaile Fayad Musa Abraham no Cepeda Sa rabia Efraín José no Clavijo Contreras José no Corzo Román Juan Manuel no Duque García Luis Fernando no Enríquez Maya Carlos Eduardo no Enríquez Rosero Manuel Mesías no Ferro Solanilla Carlos Roberto no García Burgos Nora María no García Realpe Guillermo no Gerlein Echeverría Roberto no Iragorri Hormaza Jorge Aurelio no Laserna Jaramillo Juan Mario no Merheg Marún Juan Samy no Mora Jaramillo Manuel Guillermo no Name Cardozo José David no Olano Becerra Plinio Edilberto no Paredes Aguirre Myriam Alicia no Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando no Prieto Soto Eugenio Enrique no Quintero Marín Carlos Arturo no Sánchez Ortega Camilo Armando no Sierra Grajales Luis Emilio no Soto Jaramillo Carlos Enrique no Suárez Mira Olga Lucía no Sudarsky Rosenbaum John no Tamayo Tamayo Fernando Eustacio no Torrado García Efraín no Villalba Mosquera Rodrigo no Zapata Correa Gabriel Ignacio no Zuluaga Aristizábal Jaime Alonso no