Detalles de la votación

Votación en comisión
Estado del proyecto:

Aprobado Primer Debate

Síntesis:
Modifica algunos artículos del Código de Comercio en relación con la composición y el periodo de los miembros de Junta Directiva de las Cámaras de Comercio. También establece las calidades que se requieren para ser afiliado a la Cámara de Comercio, determinando tanto sus derechos como deberes. De igual manera, busca establecer un proceso de elecciones de miembros de Junta que garantice, entre otros aspectos, la transparencia de las mismas. Y finalmente, se pretende establecer consecuencias e imponer medidas que permitan el cabal cumplimiento de las disposiciones previstas en la ley, se determinan sanciones respecto del incumplimiento de la renovación de la matrícula mercantil y la depuración del Registro Único Empresarial y Social (RUES).
Acta:

dic-13

Fecha:

November 13, 2013

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Impedimentos

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Votación dada en Cámara de Representantes

Comisión:

Tercera de Cámara

Motivo de la votación:

Aprobación del impedimento presentado por el representante Simón Gaviria Muñoz para participar en la discusión y votación del Proyecto de Ley número 0

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 8

No: 7

Abstención: 9

Ausentes: 5

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Bonilla Soto Carlos Julio no asistio Cabrera Báez Ángel Custodio no asistio Cárdenas Morán John Jairo no asistio Crissien Borrero Eduardo no asistio Cuenca Chaux Carlos Alberto no asistio Amín Saleme Fabio Raúl si Arango Torres Jaír si Arrechea Banguera Heriberto si Carebilla Cuéllar Manuel Antonio si Clavijo Clavijo Orlando si León León Buenaventura si Méndez Bechara Raymundo Elías si Rodríguez Contreras Jaime si Chacón Camargo Alejandro Carlos no Escobar González Heriberto no Ramírez Valencia León Darío no Serrano Morales Luis Antonio no Serrano Pérez Jaime Enrique no Taborda Castro Libardo Antonio no Tamayo Tamayo Gerardo no