Detalles de la votación

Votación en comisión
Estado del proyecto:

Aprobado Primer Debate

Síntesis:
Las normas y principios rectores de la administración de justicia prevalecen y serán de obligatoria aplicación en la Jurisdicción Penal Militar y Policial. La presente ley se aplicará a los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro, así como al personal civil o no uniformado que desempeñe cargos en la Justicia Penal Militar o Policial. El proyecto incorpora instancias y mecanismos que pretende dar independencia e imparcialidad a la Justicia Penal Militar, a través de una Unidad Administrativa Especial con autonomía judicial, laboral y presupuestal. Esta ley define los requisitos para aquellos que van a ser fiscales, magistrados jueces o miembros de la rama judicial, en este caso de la Justicia Penal Militar y se establece una clara una autonomía e independencia, como se estableció en la reforma constitucional, en donde los ascensos y los requisitos de carrera ya no tendrán control del mando militar y policial, estarán establecidos de manera autonomía, a través de este cuerpo de justicia militar.
Acta:

28/13

Fecha:

December 12, 2013

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Proyecto de Ley

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Votación dada en Senado de la República

Comisión:

Primera de Senado

Motivo de la votación:

Aprobación de la proposición suscrita por los senadores Juan Carlos Vélez y el Senador Juan Manuel Galán por medio de la cual se adiciona un artículo

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 10

No: 3

Abstención: 4

Ausentes: 1

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Enríquez Maya Eduardo no asistio Andrade Serrano Hernán si Benedetti Villaneda Armando si Enríquez Rosero Manuel si Galán Pachón Juan Manuel si García Valencia Jesús Ignacio no Gerléin Echeverría Roberto si Hurtado Angulo Hemel si Londoño Ulloa Jorge Eduardo no Mota y Morad Karime si Soto Jaramillo Carlos Enrique si Sudarsky Rosenbaum Jhon no Vega Quiroz Doris Clemencia si Vélez Uribe Juan Carlos si