Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Aprobado Tercer Debate
Síntesis:
En caso que los vehículos inmovilizados no sean reclamados, pasado dos (2) años, contado a partir de la inmovilización, sin que los vehículos hayan sido reclamados, el organismo de tránsito podrá disponer que los vehículos no reclamados sean vendidos en martillo público o mediante la aplicación de cualquier otro procedimiento, establecido por vía general, que garantice una adecuada concurrencia de oferentes, siempre y cuando previamente se haya dado cumplimiento al requisito a que se refiere el inciso siguiente. La venta se hará previo avalúo.
El último día de cada mes, el organismo de tránsito deberá efectuar dos (2) publicaciones a través del medio más eficaz, en las que informe al público qué vehículos se encuentran incautados, de tal manera que se permita la identificación de los mismos.
Con los recursos que el organismo de tránsito reciba en desarrollo de lo previsto en el presente artículo, se constituirá un fondo cuyos rendimientos se destinarán a cubrir los gastos que demande la realización del procedimiento aquí previsto, descontándose el valor del parqueadero por el tiempo que estuvo inmovilizado el automotor. En caso de que se presenten los propietarios de los vehículos enajenados, se procederá a la devolución del precio obtenido con la venta, debidamente actualizado.
Acta:
16/13
Fecha:
November 19, 2013
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2012 - Jul 2013
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Senado de la República
Comisión:
Sexta de Senado
Motivo de la votación:
Aprobación de la proposición positiva con que termina el informe de ponencia del Proyecto de Ley número 187 de 2012 Senado, número 115 de 2012 Cámar
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 9
No: 0
Abstención: 3
Ausentes: 1
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Olano Becerra Plinio no asistio
Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio
Cuéllar Bastidas Parmenio si
Duque García Luis Fernando si
Guevara Jorge Eliécer si
Olano Becerra Plinio
Prieto Soto Eugenio
Torrado García Efraín si
Delgado Blandón César Tulio si
Ferro Solanilla Carlos R. si
López Maya Alexánder si
Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando
Suárez Mira Olga Lucía si