Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Segundo Debate

Síntesis:
Las normas y principios rectores de la administración de justicia prevalecen y serán de obligatoria aplicación en la Jurisdicción Penal Militar y Policial. La presente ley se aplicará a los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro, así como al personal civil o no uniformado que desempeñe cargos en la Justicia Penal Militar o Policial. El proyecto incorpora instancias y mecanismos que pretende dar independencia e imparcialidad a la Justicia Penal Militar, a través de una Unidad Administrativa Especial con autonomía judicial, laboral y presupuestal. Esta ley define los requisitos para aquellos que van a ser fiscales, magistrados jueces o miembros de la rama judicial, en este caso de la Justicia Penal Militar y se establece una clara una autonomía e independencia, como se estableció en la reforma constitucional, en donde los ascensos y los requisitos de carrera ya no tendrán control del mando militar y policial, estarán establecidos de manera autonomía, a través de este cuerpo de justicia militar.
Acta:

53/14

Fecha:

May 20, 2014

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Proposiciones

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Cámara de Representantes

Motivo de la votación:

Aprobación de los artículos: 8, 11, 17, 18, 22, 27 y 29 como están en la ponencia y la proposición modificativa al artículo 15 suscrita por el senador

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 52

No: 2

Abstención: 38

Ausentes: 6

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Ballesteros Bernier Jorge Eliécer no asistio Cepeda Sarabia Efraín José no asistio Corzo Román Juan Manuel no asistio Char Abdala Fuad Ricardo no asistio García Realpe Guillermo no asistio Torrado García Efraín no asistio Aguilar Hurtado Nerthin Mauricio si Andrade Serrano Hernán Francisco si Alfonso López Héctor Julio si Arrieta Buelvas Samuel Benjamín si Ashton Giraldo Álvaro Antonio si Avirama Avirama Marco Aníbal si Barreras Montealegre Roy Leonardo si Barriga Peñaranda Carlos Emiro si Benedetti Villaneda Armando Alberto si Casado de López Arleth Patricia si Celis Carrillo Bernabé si Clavijo Contreras José Iván si Correa Jiménez Antonio José si Cristo Bustos Juan Fernando si Delgado Ruíz Edinson si Durán Barrera Jaime Enrique si Enríquez Maya Carlos Eduardo si Galán Pachón Juan Manuel si Galvis Aguilar Honorio si Galvis Méndez Daira de Jesús si García Burgos Nora María si García Romero Teresita si Gerlein Echeverría Roberto si Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si Hurtado Angulo Hemel si Londoño Ulloa Jorge Eduardo si Lozano Ramírez Juan Francisco si Martínez Aristizábal Maritza si Merheg Marún Juan Samy si Moreno Piraquive Alexandra si Mota y Morad Karime si Náme Vásquez Iván Leónidas si Paredes Aguirre Myriam Alicia si Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando si Prieto Soto Eugenio Enrique si Quintero Marín Carlos Arturo si Restrepo Escobar Juan Carlos si Rodríguez Sarmiento Milton Arlex si Romero Hernández Rodrigo si Salazar Cruz José Darío si Sánchez Ortega Camilo Armando si Santos Marín Guillermo Antonio si Soto Jaramillo Carlos Enrique si Sudarsky Rosenbaum John si Tamayo Tamayo Fernando Eustacio si Valera Ibáñez Félix José si Vega Quiroz Doris Clemencia si Vélez Uribe Juan Carlos si Villalba Mosquera Rodrigo si Villegas Villegas Germán si Yepes Álzate Arturo si Zapata Correa Gabriel Ignacio si Cuéllar Bastidas Parmenio no López Maya Alexánder no