Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Segundo Debate

Síntesis:
La presente ley se aplica a todos los establecimientos de comercio dedicados a la prestación de servicio de consumo de alimentos, bebidas y/o espectáculos públicos, y en cualquier otro en que se sugiera pago de propina. Se entiende como propina la suma de dinero que por mero sentido de liberalidad y en forma voluntaria, el usuario o cliente de alguno de los establecimientos a los que se refiere el artículo 1º de esta ley, entrega a las personas que le atendieron, como demostración de agradecimiento por el servicio recibido, independientemente del valor que deba pagar por el mismo.
Acta:

6

Fecha:

August 5, 2014

Cuatrienio:

2014-2018

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Impedimentos

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Senado de la República

Motivo de la votación:

Aprobación del impedimento presentado por los representantes Santiago Valencia y Alfredo Deluque para participar en la discusión y votación del Proyec

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 33

No: 52

Abstención: 76

Ausentes: 3

Asistencias: 0

Aprobada: 0

Resultado de la votación:
García Rodríguez Alexánder No asistio Correa Mojica Carlos Arturo No asistio García Gómez Juan Carlos No asistio Eduardo Alfonso Crissien Borrero Si Atilano Alonso Giraldo Arboleda Si José Ignacio Mesa Betancour Si Carlos Germán Navas Talero Si Telésforo Pedraza Ortega Si León Darío Ramírez Valencia Si Humphrey Roa Sarmiento Si Ángela María Robledo Gómez Si Ana Paola Agudelo García Si Inti Raúl Asprilla Reyes Si Guillermina Bravo Montaño Si Jairo Enrique Castiblanco Parra Si Elda Lucy Contento Sanz Si Nilton Córdoba Manyoma Si Neftalí Correa Díaz Si Marta Cecilia Curi Osorio Si Elbert Díaz Lozano Si Antenor Durán Carrillo Si Ciro Fernández Núñez Si Carlos Eduardo Guevara Villabón Si Federico E. Hoyos Salazar Si Óscar de Jesús Hurtado Pérez Si Christian José Moreno Villamizar Si Nery O ros Ortiz Si Rafael Eduardo Palau Salazar Si Sara Elena Piedrahíta Lyons Si Ciro Alejandro Ramírez Cortés Si Jorge Emilio Rey Ángel Si Ana María Rincón Herrera Si Cristóbal Rodríguez Hernández Si Clara Leticia Rojas González Si Jorge Eliécer Tamayo Marulanda Si Martha Patricia Villalba Hodwalker Si Iván Darío Agudelo Zapata No Fabio Raúl Amín  Saleme No Bayardo Betancourt  Pérez No Alejandro Carlos Chacón Camargo No Fernando de la Peña  Márquez No Eduardo Diazgranados Abadía No José Bernardo Flórez Asprilla No Jack Housni Jaller No Hernán Penagos Giraldo No Crisanto Pizo Mazabuel No John Jairo Roldán Avendaño No Rafael Romero Piñeros No Efraín Antonio Torres  Monsalvo No Bérner León Zambrano Eraso No Jorge Camilo Abril Tarache No Eduardo Luis Benjumea Moreno No María Fernanda Cabal Molina No Tatiana Cabello Flórez No Wilmer Ramiro Camilo Mendoza No Fabián Gerardo Castillo Suárez No Johana Chaves García No Wilson Córdoba Mena No Víctor Javier Correa Vélez No Carlos Alberto Cuero Valencia No Alonso José del Río Cabarcas No Rafael Elizalde Gómez No Ricardo Flórez Rueda No Ángel María Gaitán Pulido No Pierre Eugenio García Jacquier No Mauricio Gómez Amín No Samuel Alejandro Hoyos Mejía No Álvaro López Gil No Juan Carlos Lazada Vargas No Ángela Lizbeth Lozano Correa No Franklin Lozano de la Ossa No Pedro Jesús Orjuela Gómez No Sandra Liliana Ortiz Nova No Óscar Ospina Quintero No Ana Cristina Paz Cardona No José Luis Pérez Oyuela No Eloy Chichi Quintero Romero No Margarita María Restrepo Arango No Antonio Restrepo Salazar No Óscar Hernán Sánchez León No José Neftalí Santos Ramírez No Fernando Sierra Ramos No Hernán Sinisterra Valencia No Leopoldo Suárez  Melo No María Eugenia Triana Vargas No Alirio Uribe Muñoz No Olga Lucía Velásquez Nieto No Ángel Antonio Villamil Benavides No