Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Retirado por el Autor

Síntesis:
La maquinaria pesada que sea encontrada en la realización de actividades de exploración o explotación de minerales por cualquier persona natural o jurídica, sin contar con título minero inscrito en el Registro Minero Nacional y/o licencia ambiental o su equivalente, será incautada por la Policía Nacional. La maquinaria pesada incautada pasará a ser propiedad de la Nación. Para los efectos de la presente ley, entiéndase como maquinaria pesada las dragas, retroexcavadoras, buldóceres u otro tipo de maquinaria para el arranque de minerales, con similares características técnicas.
Acta:

17/14

Fecha:

October 10, 2014

Cuatrienio:

2014-2018

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Impedimentos

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Senado de la República

Motivo de la votación:

Aprobación de los impedimentos presentados por los representantes Eloy Quintero, Hernán Sinisterra, Germán Carlosama, Jairo Enrique Castiblanco Parra

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 15

No: 68

Abstención: 73

Ausentes: 8

Asistencias: 0

Aprobada: 0

Resultado de la votación:
Cabello Flórez Tatiana no asistio Carrasquilla Torres Silvio José no asistio Clavijo Clavijo Orlando Alfonso no asistio Guevara Villabón Carlos Eduardo no asistio Navas Talero Carlos Germán no asistio Padauí Álvarez Hernando José no asistio Romero Piñeros Rafael no asistio Acuña Cardales Yahír Fernando no asistio Lina María Barrera Rueda si Diela Liliana Benavides Solarte si Carlos Julio Bonilla Soto si Nancy Denise Castillo García si José Ignacio Mesa Betancour si León Darío Ramírez Valencia si Ana Paola Agudelo García si Guillermina Bravo Montaño si Elda Lucy Contento Sanz si Víctor Javier Correa Vélez si Antenor Durán Carrillo si Óscar de Jesús Hurtado Pérez si Clara Leticia Rojas González si Alirio Uribe Muñoz si Arturo Yepes Alzate si Iván Darío Agudelo Zapata no Fabio Raúl Amín Saleme no Jaír Arango Torres no Jaime Buenahora Febres no John Jairo Cárdenas Morán no Carlos Alberto Cuenca Chaux no Alfredo Rafael Deluque Zuleta no Eduardo Diazgranados Abadía no Luis Eduardo Díaz Granados Torres no José Bernardo Flórez Asprilla no Alfredo Guillermo Molina Triana no Pedrito Tomás Pereira Caballero no Crisanto Pizo Mazabuel no Ángela María Robledo Gómez no Ciro Antonio Rodríguez Pinzón no John Jairo Roldán Avendaño no Jorge Enrique Rozo Rodríguez no Efraín Antonio Torres Monsalvo no Armando Antonio Zabaraín D’Arce no Jorge Camilo Abril Tarache no Fabio Alonso Arroyave Botero no Inti Raúl Asprilla Reyes no Miguel Ángel Barreto Castillo no Julián Bedoya Pulgarín no Nilton Córdoba Manyoma no Wilson Córdoba Mena no Carlos Alberto Cuero Valencia no Marta Cecilia Curi Osorio no Alonso José del Río Cabarcas no Élbert Díaz Lozano Partido no Nicolás A. Echeverry Alvarán no Rafael Elizalde Gómez no Ricardo Flórez Rueda no Pierre Eugenio García Jacquier no Juan Carlos García Gómez no Luciano Grisales Londoño no José Élver Hernández Casas no Samuel Alejandro Hoyos Mejía no Federico E. Hoyos Salazar no Juan Carlos Lozada Vargas no Ángela Lisbeth Lozano Correa no Norbey Marulanda Muñoz no Luz Adriana Moreno Marmolejo no Christian José Moreno Villamizar no Nery Oros Ortiz no Óscar Ospina Quintero no Rafael Eduardo Paláu Salazar no Ana Cristina Paz Cardona no Flora Perdomo Andrade no José Luis Pérez Oyuela no Óscar Darío Pérez Pineda no Sara Elena Piedrahíta Lyons no Esperanza María Pinzón de Jiménez no Álvaro Hernán Prada Artunduaga no Margarita María Restrepo Arango no Antonio Restrepo Salazar no Jorge Emilio Rey Ángel no Ana María Rincón Herrera no Juan Carlos Rivera Peña no Edward David Rodríguez Rodríguez no Óscar Hernán Sanchez León no Jorge Eliécer Tamayo Marulanda no Eduardo José Tous de la Ossa no María Eugenia Triana Vargas no Santiago Valencia González no Argenis Velásquez Ramírez no Ángelo Antonio Villamil Benavides no María Regina Zuluaga Henao Partido no