Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Segundo Debate

Síntesis:
Se propone en primer lugar, que el momento de referencia para empezar a contar los términos de la causal quinta del artículo 317, como lo estableció la Corte Constitucional, sea la presentación del escrito de acusación. En segundo lugar, que no pueden pasar más de 120 días desde la radicación del escrito de acusación y el inicio de la audiencia de juzgamiento, de manera que queden cobijados, no solo los dos momentos procesales del “acto complejo” de la acusación, sino también el tiempo que debe transcurrir entre esta y la audiencia de juicio. De la misma manera, ante la inexistencia de regulación específica en torno al tiempo que ha de transcurrir entre la audiencia de juicio y la audiencia de lectura del fallo, lo cual también afecta el derecho a la libertad del acusado, se propone el término de 150 días para tal efecto.
Acta:

36/14

Fecha:

December 11, 2014

Cuatrienio:

2014-2018

Legislatura:

Legislatura Jul 2014 - Jul 2015

Tipo de iniciativa:

Impedimentos

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Cámara de Representantes

Motivo de la votación:

Aprobación del impedimento presentado por la Senadora Nadia Georgette Blel Scaff para participar en la discusión y votación del Proyecto de Ley número

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 22

No: 32

Abstención: 45

Ausentes: 3

Asistencias: 0

Aprobada: 0

Resultado de la votación:
Gómez Jiménez Juan Diego no asistio Pestana Rojas Yamina del Carmen no asistio Valencia Laserna Paloma Susana no asistio Amín Hernández Jaime Alejandro si Araújo Rumié Fernando Nicolás si Castañeda Serrano Orlando si Correa Borrero Susana si Delgado Martínez Javier Mauricio si Duque Márquez Iván si Enríquez Maya Carlos Eduardo si Galán Pachón Carlos Fernando si Gómez Martínez Ana Mercedes si Holguín Moreno Paola Andrea si Macías Tovar Ernesto si Mejía Mejía Carlos Fernando si Mora Jaramillo Manuel Guillermo si Motoa Solarte Carlos Fernando si Navarro Wolff Antonio si Prieto Riveros Jorge Eliécer si Rangel Suárez Alfredo si Robledo Castillo Jorge Enrique si Rodríguez Rengifo Roosvelt si Tamayo Tamayo Fernando Eustacio si Velasco Chaves Luis Fernando si Villalba Mosquera Rodrigo si Amín Escaf Miguel no Andrade Casamá Luis Évelis no Cabrales Castillo Daniel Alberto no Cabrera Báez Ángel Custodio no Casado de López Arleth Patricia no Cepeda Sarabia Efraín José no Chamorro Cruz William Jimmy no Char Chaljub Arturo no Correa Jiménez Antonio José no Corzo Román Juan Manuel no Delgado Ruiz Edinson no Durán Barrera Jaime Enrique no Enríquez Rosero Manuel no Fernández Alcocer Mario Alberto no Galán Pachón Juan Manuel no García Burgos Nora María no Gaviria Correa Sofía Alejandra no Gerléin Echeverría Roberto no Hoyos Giraldo Germán Darío no Martínez Aristizábal Maritza no Merheg Marún Juan Samy no Morales Hoyos Viviane Aleyda no Name Cardozo José David no Name Vásquez Iván Leonidas no Niño Avendaño Segundo Senén no Paredes Aguirre Myriam Alicia no Serpa Uribe Horacio no Soto Jaramillo Carlos Enrique no Suárez Mira Olga Lucía no Uribe Vélez Álvaro no Varón Cotrino Germán no Villadiego Villadiego Sandra Elena no