Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobada conciliación en Senado
Síntesis:
Las normas y principios rectores de la administración de justicia prevalecen y serán de obligatoria aplicación en la Jurisdicción Penal Militar y Policial. La presente ley se aplicará a los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro, así como al personal civil o no uniformado que desempeñe cargos en la Justicia Penal Militar o Policial. El proyecto incorpora instancias y mecanismos que pretende dar independencia e imparcialidad a la Justicia Penal Militar, a través de una Unidad Administrativa Especial con autonomía judicial, laboral y presupuestal. Esta ley define los requisitos para aquellos que van a ser fiscales, magistrados jueces o miembros de la rama judicial, en este caso de la Justicia Penal Militar y se establece una clara una autonomía e independencia, como se estableció en la reforma constitucional, en donde los ascensos y los requisitos de carrera ya no tendrán control del mando militar y policial, estarán establecidos de manera autonomía, a través de este cuerpo de justicia militar.
Acta:
68/15
Fecha:
June 17, 2015
Cuatrienio:
2014-2018
Legislatura:
Legislatura Jul 2013 - Jul 2014
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Cámara de Representantes
Motivo de la votación:
Aprobación del informe de conciliación del Proyecto de Ley número 85 de 2013 Senado, 210 de 2014 Cámara.
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 68
No: 3
Abstención: 25
Ausentes: 6
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Castilla Salazar Jesús Alberto no asistio
Elías Vidal Bernardo Miguel no asistio
Galán Pachón Juan Manuel no asistio
Gerléin Echeverría Roberto Víctor no asistio
Rodríguez Rengifo Roosvelt no asistio
Rodríguez Sarmiento Milton Árlex no asistio
Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio si
Álvarez Montenegro Javier Tato si
Amín Escaf Miguel si
Andrade Serrano Hernán Francisco si
Araújo Rumié Fernando Nicolás si
Avirama Avirama Marco Aníbal si
Barón Neira León Rigoberto si
Barreras Montealegre Roy Leonardo si
Blel Scaff Nadya Georgette si
Cabrales Castillo Daniel Alberto si
Casado de López Arleth Patricia si
Castañeda Serrano Orlando si
Celis Carrillo Bernabé si
Cepeda Sarabia Efraín José si
Correa Borrero Susana si
Correa Jiménez Antonio José si
Cristo Bustos Andrés si
Delgado Martínez Javier Mauricio si
Duque García Luis Fernando si
Duque Márquez Iván si
Durán Barrera Jaime Enrique si
Enríquez Maya Carlos Eduardo si
Enríquez Rosero Manuel si
Fernández Alcocer Mario Alberto si
Galán Pachón Carlos Fernando si
Galvis Méndez Daira de Jesús si
García Burgos Nora María si
García Realpe Guillermo si
García Turbay Lidio Arturo si
García Zuccardi Andrés Felipe si
Gaviria Correa Sofía Alejandra si
Gaviria Vélez José Obdulio si
Gnecco Zuleta José Alfredo si
Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si
Guerra de la Espriella María del Rosario si
Henríquez Pinedo Honorio Miguel si
Holguín Moreno Paola Andrea si
Hoyos Giraldo Germán Darío si
Lizcano Arango Óscar Mauricio si
Macías Tovar Ernesto si
Martínez Aristizábal Maritza si
Martínez Rosales Rosmery si
Mejía Mejía Carlos Felipe si
Merheg Marún Juan Samy si
Morales Hoyos Viviane Aleyda si
Name Cardozo José David si
Osorio Salgado Nidia Marcela si
Ospina Gómez Jorge Iván si
Paredes Aguirre Myriam Alicia si
Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando si
Pestana Rojas Yamina del Carmen si
Prieto Riveros Jorge Eliéser si
Ramos Maya Alfredo si
Rangel Suárez Alfredo si
Restrepo Escobar Juan Carlos si
Santos Marín Guillermo Antonio si
Serpa Uribe Horacio si
Sierra Grajales Luis Emilio si
Soto Jaramillo Carlos Enrique si
Tovar Rey Nohora Stella si
Uribe Vélez Álvaro si
Valencia Laserna Paloma Susana si
Varón Cotrino Germán si
Vega de Plazas Ruby Thania si
Vega Quiroz Doris Clemencia si
Velasco Chaves Luis Fernando si
Villadiego Villadiego Sandra Elena si
Villalba Mosquera Rodrigo. si
Cepeda Castro Iván no
Niño Avendaño Segundo Senén no
Robledo Castillo Jorge Enrique no