Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobada conciliación en Senado

Síntesis:
Las normas y principios rectores de la administración de justicia prevalecen y serán de obligatoria aplicación en la Jurisdicción Penal Militar y Policial. La presente ley se aplicará a los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro, así como al personal civil o no uniformado que desempeñe cargos en la Justicia Penal Militar o Policial. El proyecto incorpora instancias y mecanismos que pretende dar independencia e imparcialidad a la Justicia Penal Militar, a través de una Unidad Administrativa Especial con autonomía judicial, laboral y presupuestal. Esta ley define los requisitos para aquellos que van a ser fiscales, magistrados jueces o miembros de la rama judicial, en este caso de la Justicia Penal Militar y se establece una clara una autonomía e independencia, como se estableció en la reforma constitucional, en donde los ascensos y los requisitos de carrera ya no tendrán control del mando militar y policial, estarán establecidos de manera autonomía, a través de este cuerpo de justicia militar.
Acta:

68/15

Fecha:

June 17, 2015

Cuatrienio:

2014-2018

Legislatura:

Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Tipo de iniciativa:

Proyecto de Ley

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Cámara de Representantes

Motivo de la votación:

Aprobación del informe de conciliación del Proyecto de Ley número 85 de 2013 Senado, 210 de 2014 Cámara.

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 68

No: 3

Abstención: 25

Ausentes: 6

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Castilla Salazar Jesús Alberto no asistio Elías Vidal Bernardo Miguel no asistio Galán Pachón Juan Manuel no asistio Gerléin Echeverría Roberto Víctor no asistio Rodríguez Rengifo Roosvelt no asistio Rodríguez Sarmiento Milton Árlex no asistio Aguilar Hurtado Nerthink Mauricio si Álvarez Montenegro Javier Tato si Amín Escaf Miguel si Andrade Serrano Hernán Francisco si Araújo Rumié Fernando Nicolás si Avirama Avirama Marco Aníbal si Barón Neira León Rigoberto si Barreras Montealegre Roy Leonardo si Blel Scaff Nadya Georgette si Cabrales Castillo Daniel Alberto si Casado de López Arleth Patricia si Castañeda Serrano Orlando si Celis Carrillo Bernabé si Cepeda Sarabia Efraín José si Correa Borrero Susana si Correa Jiménez Antonio José si Cristo Bustos Andrés si Delgado Martínez Javier Mauricio si Duque García Luis Fernando si Duque Márquez Iván si Durán Barrera Jaime Enrique si Enríquez Maya Carlos Eduardo si Enríquez Rosero Manuel si Fernández Alcocer Mario Alberto si Galán Pachón Carlos Fernando si Galvis Méndez Daira de Jesús si García Burgos Nora María si García Realpe Guillermo si García Turbay Lidio Arturo si García Zuccardi Andrés Felipe si Gaviria Correa Sofía Alejandra si Gaviria Vélez José Obdulio si Gnecco Zuleta José Alfredo si Guerra de la Espriella Antonio del Cristo si Guerra de la Espriella María del Rosario si Henríquez Pinedo Honorio Miguel si Holguín Moreno Paola Andrea si Hoyos Giraldo Germán Darío si Lizcano Arango Óscar Mauricio si Macías Tovar Ernesto si Martínez Aristizábal Maritza si Martínez Rosales Rosmery si Mejía Mejía Carlos Felipe si Merheg Marún Juan Samy si Morales Hoyos Viviane Aleyda si Name Cardozo José David si Osorio Salgado Nidia Marcela si Ospina Gómez Jorge Iván si Paredes Aguirre Myriam Alicia si Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando si Pestana Rojas Yamina del Carmen si Prieto Riveros Jorge Eliéser si Ramos Maya Alfredo si Rangel Suárez Alfredo si Restrepo Escobar Juan Carlos si Santos Marín Guillermo Antonio si Serpa Uribe Horacio si Sierra Grajales Luis Emilio si Soto Jaramillo Carlos Enrique si Tovar Rey Nohora Stella si Uribe Vélez Álvaro si Valencia Laserna Paloma Susana si Varón Cotrino Germán si Vega de Plazas Ruby Thania si Vega Quiroz Doris Clemencia si Velasco Chaves Luis Fernando si Villadiego Villadiego Sandra Elena si Villalba Mosquera Rodrigo. si Cepeda Castro Iván no Niño Avendaño Segundo Senén no Robledo Castillo Jorge Enrique no