Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Aprobado Primer Debate
Síntesis:
La presente ley tiene por objeto desarrollar los mandatos del Acto Legislativo número 2 de 2015 en relación con la Rama Judicial. Con ese fin regula las funciones de los órganos de gobierno y administración de la Rama Judicial y de los órganos encargados de disciplinar a los funcionarios y empleados de la Rama Judicial; reglamenta la elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado; establece parámetros de transparencia y rendición de cuentas por parte de la Rama Judicial; y actualiza las normas legales pertinentes para hacerlas concordar con el Acto Legislativo número 2 de 2015.
Acta:
26/15
Fecha:
December 9, 2015
Cuatrienio:
2014-2018
Legislatura:
Legislatura Jul 2015 - Jul 2016
Tipo de iniciativa:
Impedimentos
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Cámara de Representantes
Comisión:
Primera de Cámara
Motivo de la votación:
Aprobación del impedimento presentado por los Representantes Óscar Hernán Sánchez León y Jaime Buenahora Febres para participar en la discusión y vota
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 7
No: 19
Abstención: 9
Ausentes: 0
Asistencias: 0
Aprobada: 0
Resultado de la votación:
Bedoya Pulgarín Julián No
Bravo Realpe Óscar Fernando si
Carrasquilla Torres Silvio José no
De la Peña Márquez Fernando no
Díaz Lozano Élbert no
Garcia Gómez Juan Carlos no
González García Harry Giovanny no
Hoyos Mejía Samuel Alejandro si
Jiménez López Carlos Abraham no
Lara Restrepo Rodrigo no
Losada Vargas Juan Carlos no
Molina Figueredo John Eduardo no
Navas Talero Carlos Germán si
Pedraza Ortega Telésforo si
Penagos Giraldo Hernán no
Pereira Caballero Pedrito Tomás si
Pinto Hernández Miguel Ángel no
Prada Artunduaga Alvaro Hernán no
Roa Sarmiento Humphrey si
Rodríguez Rodríguez Édward David no
Rojas González Clara Leticia no
Rozo Rodríguez Jorge Enrique no
Sanabria Astudillo Heriberto no
Santos Ramírez José Neftalí no
Valencia González Santiago si
Zambrano Eraso Bérner León no