Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Aprobado Primer Debate
Síntesis:
Cualquier persona natural asalariada o pensionada podrá adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios de cualquier naturaleza, acreditados con su salario, sus prestaciones sociales de carácter económico o su pensión, siempre que medie autorización expresa de descuento dada al empleador o entidad pagadora, quien en virtud de la suscripción de la libranza o descuento directo otorgada por el asalariado o pensionado, estará obligado a girar los recursos directamente a la entidad operadora. Los productos de ahorro que sean adquiridos a través de libranza o descuento directo solo podrán ser ofrecidos por las entidades autorizadas legalmente para el manejo del ahorro del público.
Acta:
17-Oct
Fecha:
November 9, 2010
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Cámara de Representantes
Comisión:
Tercera de Cámara
Motivo de la votación:
Aprobación del articulado con las modificaciones leídas al proyecto de Ley número 066 de 2010 Cámara, el título y el querer que este pase a segundo de
Observaciones:
En el Acta, la Representante Mónica del Carmen Anaya no contestó al llamado de lista y no presentó tampoco excusa de inasistencia, por lo tanto se asume que se abstiene en la votación.
Si: 23
No: 0
Abstención: 6
Ausentes: 0
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Sin información