Detalles de la votación

Votación en comisión
Estado del proyecto:

Aprobado Primer Debate

Síntesis:
Cualquier persona natural asalariada o pensionada podrá adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios de cualquier naturaleza, acreditados con su salario, sus prestaciones sociales de carácter económico o su pensión, siempre que medie autorización expresa de descuento dada al empleador o entidad pagadora, quien en virtud de la suscripción de la libranza o descuento directo otorgada por el asalariado o pensionado, estará obligado a girar los recursos directamente a la entidad operadora. Los productos de ahorro que sean adquiridos a través de libranza o descuento directo solo podrán ser ofrecidos por las entidades autorizadas legalmente para el manejo del ahorro del público.
Acta:

17-Oct

Fecha:

November 9, 2010

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2010 - Jul 2011

Tipo de iniciativa:

Proyecto de Ley

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Votación dada en Cámara de Representantes

Comisión:

Tercera de Cámara

Motivo de la votación:

Aprobación del articulado con las modificaciones leídas al proyecto de Ley número 066 de 2010 Cámara, el título y el querer que este pase a segundo de

Observaciones:
En el Acta, la Representante Mónica del Carmen Anaya no contestó al llamado de lista y no presentó tampoco excusa de inasistencia, por lo tanto se asume que se abstiene en la votación.

Si: 23

No: 0

Abstención: 6

Ausentes: 0

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Sin información