Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Archivado en Debate
Síntesis:
El artículo 82 del Decreto 1355 de 1970 quedará así:
Artículo 82. El gobernador o el alcalde distrital, municipal o local podrá dictar mandamiento escrito para el registro y allanamiento de domicilio o de sitios abiertos o no al público, en los siguientes casos:
VI. Para obtener pruebas sobre la existencia de casas de juego o de establecimientos, o de entidades privadas con o sin ánimo de lucro, abiertas o no al público, que funcionen contra la ley, reglamento, permiso de funcionamiento, resolución de reconocimiento de personería jurídica, o de sus propios estatutos. Las reiteradas denuncias ciudadanas tendrán el carácter de indicio serio y fundamento suficiente para la orden y la acción policial aquí prevista.
VII. Cuando sea necesario indagar sobre maniobras fraudulentas en las instalaciones de acueducto, energía eléctrica, teléfonos, redes o servicios de telecomunicaciones y otros servicios públicos;
Acta:
36/10
Fecha:
30 de noviembre de 2010
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Tipo de iniciativa:
Proposiciones
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Cámara de Representantes
Comisión:
Primera de Cámara
Motivo de la votación:
Aprobación de la proposición del Representante Humphrey Roa para archivar el Proyecto de Ley número 14 de 2010 Cámara.
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 21
No: 0
Abstención: 14
Ausentes: 0
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Sin información