Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobada Conciliación
Síntesis:
El proyecto en estudio pretende cobrar un arancel judicial con destino a la Rama Judicial y a cargo de los demandantes en procesos civiles, comerciales y contencioso administrativos, constituyendo un ingreso público del Fondo para la modernización, descongestión y bienestar de la administración de justicia, destinado a asumir gastos de funcionamiento y de inversión de la Rama Judicial, con prioridad para los de funcionamiento.
El arancel judicial se causará, en primer lugar, sobre los pagos que se realicen para cumplir la condena impuesta en sentencia ejecutoriada. En segundo lugar, sobre los pagos que se realicen para satisfacer el valor del crédito. Y en tercer lugar, sobre los pagos que den lugar a la terminación anticipada del proceso o los derivados de transacción o de conciliación que presuponga la satisfacción de pretensiones patrimoniales.
Se exceptúa del pago del mencionado arancel en los procedimientos de carácter penal, laboral y de la seguridad social, contencioso laboral y de la seguridad social, de familia, de menores, ni en los juicios de control constitucional o derivados del ejercicio de la tutela y demás acciones constitucionales. Tampoco se causará el arancel cuando el posible sujeto pasivo del mismo sea persona de escasos recursos a cuyo favor se haya decretado amparo de pobreza dentro del proceso
Acta:
247/10
Fecha:
June 16, 2010
Cuatrienio:
2006-2010
Legislatura:
Legislatura Jul 2008 - Jul 2009
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Senado de la República
Motivo de la votación:
Aprobación del informe de conciliación al Proyecto de Ley número 232 de 2008 Cámara, 188 de 2009 Senado.
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 81
No: 10
Abstención: 62
Ausentes: 11
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Sin información