Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobada conciliación en Cámara
Síntesis:
Para el transporte escolar de menores, niños y/o niñas, se debe cumplir con los siguientes requisitos según la edad:
1. Para los menores, niños y/o niñas hasta un (1) año de edad, podrán ser desplazados en los brazos de una persona adulta, siempre y cuando ambos se ubiquen en las sillas traseras del automotor, o en sillas especiales de retención para bebés orientadas en la parte trasera del vehículo.
2. Para los menores, niños y/o niñas entre uno (1) y cinco (5) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o de transporte especial, deberán hacer uso de sillas infantiles de retención, ubicadas en las sillas traseras del automotor, las cuales se fijarán al mismo a través de los cinturones de seguridad de cada silla, o a través del dispositivo estándar ISOFIX de sujeción. En los vehículos particulares las sillas infantiles de retención se instalarán en las sillas traseras de los mismos.
En los vehículos de transporte especial, corresponderá a los padres o responsables del menor suministrar la silla infantil, y al responsable del vehículo contar con los cinturones que permitan la adecuada sujeción de la misma.
3. Para los menores, niños y/o niñas entre los seis (6) y diez (10) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o en los que presten servicio público de transporte especial, deberán hacer uso de uno cualquiera de los siguientes mecanismos de seguridad:
a) Sillas infantiles de retención, las cuales irán fijadas en las sillas traseras del automotor a través de los cinturones de seguridad de cada silla, o a través del dispositivo estándar ISOFIX de sujeción, o
b) Cinturones de seguridad de dos puntos, o
c) Cinturones de seguridad de tres puntos, utilizando la banda diagonal por debajo de los hombros;
d) Cinturones de seguridad de tres puntos, utilizando un dispositivo elevador de silla.
4. Para los menores, niños y/o niñas entre once (11) y dieciocho (18) años de edad, que se desplacen en vehículos particulares o en los que presten servicio público de transporte especial, deberán hacer uso de cinturones de seguridad de dos (2) o más puntos.
Acta:
Sin acta
Fecha:
June 20, 2012
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Tipo de iniciativa:
Proyecto de Ley
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Senado de la República
Motivo de la votación:
Aprobación del Informe de Conciliación del Proyecto de Ley número 211 de 2011 Cámara de Representantes.
Observaciones:
La información sobre esta votación no se obtuvo de la Gaceta Oficial del Congreso, sino de los archivos electrónicos que publica la Cámara de Representante en su página web. Hora de la votación: 11:00 am.
Si: 85
No: 1
Abstención: 66
Ausentes: 13
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Marta Cecilia Ramirez Orrego Partido Cons Si
Constantino Rodriguez Calvo Partido Cons Si
Heriberto Sanabria Astudillo Partido Cons Si
Juan Carlos Sanchez Franco Si
Humphrey Roa Sarmiento Si
Armando Antonio Zabaraind Arce Si
Lina Maria Barrera Rueda Si
Silvio Vasquez Villanueva Si
Telesforo Pedraza Ortega Si
Juana Carolina Londoño Jaramillo Si
Obed de Jesus Zuluaga Henao Si
Orlando Alfonso Clavijo Clavijo Si
Diego Alberto Naranjo Escobar Si
Jorge Hernan Mesa Botero Si
Juan Carlos Garcia Gomez Si
Juan Diego Gomez Jimenez Si
Oscar Fernando Bravo Realpe Si
Henry Humberto Arcila Moncada Si
Carlos Alberto Zuluaga Diaz Si
Ciro Antonio Rodriguez Pinzon Si
Hernando Cardenas Cardozo Si
Gustavo Hernando Puentes Diaz Si
Pedrito Tomas Pereira Caballero Si
German Alcides Blanco Alvarez Si
Jose Edilberto Caicedo Sastoque Si
Luis Guillermo Barrera Gutierrez Si
Miguel Amin Escaf Si
Roosevelt Rodriguez Rengifo Si
Jose Ignacio Bermudez Sanchez Si
Miguel Gomez Martinez Si
Augusto Posada Sanchez Si
Nicolas Antonio Jimenez Paternina Si
Elkin Rodolfo Ospina Ospina Si
Juan Felipe Lemos Uribe Si
Jose Bernardo Florez Asprilla Si
Eduardo Jose Catañeda Murillo Si
Jose Alfredo Gnecco Zuleta Si
Jaime Rodriguez Contreras Si
Efrain Antonio Torres Monsalvo Si
Carlos Edward Osorio Aguiar Si
Adolfo Leon Rengifo Santibañez Si
Hector Javier Vergara Sierra Si
Carlos Arturo Correa Mojica Si
Francisco Pareja Gonzalez Si
Jaime Alonso Vasquez Bustamante Si
Leon Dario Ramirez Valencia Si
Jairo Quintero Trujillo Si
Jorge Enrique Rozo Rodriguez Si
Gloria Stella Diaz Ortiz Si
Camilo Andres Abril Jaimes Si
Carlos Julio Bonilla Soto Si
Hernando Jose Padaui Alvarez Si
Jaime Cervantes Varelo Si
Luis Eduardo Diazgranados Torres Si
Adriana Franco Castañeda Si
Victoria Eugenia Vargas Vives Si
Victor Hugo Moreno Bandeira Si
Ivan Dario Sandoval Perilla Si
Guillermo Abel Rivera Florez Si
Simon Gaviria Muñoz Si
Carlos Alberto Escobar Cordoba Si
Orlando Velandia Sepulveda Si
Roberto Ortiz Urueña Si
Crisanto Pizo Mazabuel Si
Ivan Dario Agudelo Zapata Si
Mario Suarez Florez Si
Oscar de Jesus Marin Marin Si
Ruben Dario Rodriguez Gongora Si
Pedro Pablo Perez Puerta Si
Hugo Orlando Velasquez Jaramillo Si
Luis Antonio Serrano Morales Si
Didier Alberto Tavera Amado Si
Juan Carlos Salazar Uribe Si
Jairo Hinestroza Sinisterra Si
Carlos Enrique Avila Duran Si
Fernando De La Peña Marquez Si
Eduardo Enrique Perez Santos Si
Mercedes Eufemia Marquez Guenzati Si
Alba Luz Pinilla Pedraza Si
Ivan Cepeda Castro Si
Carlos Andres Amaya Rodriguez Si
Alfonso Prada Gil Si
Rafael Antonio Madrid Hodeg Si
Jose Gonzalo Gutierrez Triviño Si
Cesar Augusto Franco Arbelaez Si
Luis Enrique Dussan Lopez Partido Liber No
Alfredo Bocanegra Varon No asistió
Carlos Eduardo Hernandez No asistió
Eduardo Alfonso Crissien Borrero No asistió
Hernando Hernandez Tapasco No asistió
Jack Housni Jaller No asistió
Jaime Armando Yepez Martinez No asistió
Jaime Buenahora Febres No asistió
John Jairo Roldan Avendaño No asistió
Nancy Denise Castillo Garcia No asistió
Nidia Marcela Osorio Salgado No asistió
Sandra Elena Villadiego Villadiego No asistió
Roberto Jose Herrera Diaz No asistió
Raymundo Elias Mendez Bechara No asistió