Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobado Sexto Debate

Síntesis:
El proyecto de Acto Legislativo estipula que una ley estatutaria creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia en todo el territorio nacional y en cualquier jurisdicción. El tribunal servirá de juez de control de garantías en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública, y controlará la acusación penal, con el fin de garantizar que se cumplan los presupuestos materiales y formales para iniciar el juicio oral. El tribunal de garantías estará integrado por un número impar de magistrados, elegidos por los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Los magistrados deberán ser especialistas en derecho constitucional, derecho penal o Derecho Internacional Humanitario y cumplir con los requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Los miembros de la Fuerza Pública en retiro podrán formar parte de este tribunal. La ley establecerá un mecanismo de postulación de candidatos que asegure la composición equilibrada del Tribunal. Las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar, conocerán los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio. Estas cortes o tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro. En ningún caso la Justicia Penal Militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores. Salvo los delitos anteriores, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares. Cuando la conducta de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado sea investigada y juzgada por las autoridades judiciales, se aplicará siempre el Derecho Internacional Humanitario. En caso de que exista duda sobre la jurisdicción competente, una comisión mixta integrada por representantes de las dos jurisdicciones, constatará inmediatamente lo sucedido y remitirá la actuación a la que corresponda. La ley estatutaria regulará la composición de la comisión y la forma en que será apoyada por los diferentes órganos de Policía Judicial de las jurisdicciones ordinaria y militar. La ley estatutaria creará un fondo destinado específicamente a financiar la defensa pública técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública, en cualquiera de las dos jurisdicciones, bajo la orientación de la autoridad que determine la ley.
Acta:

Sin acta

Fecha:

October 16, 2012

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Tipo de iniciativa:

Acto Legislativo

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Senado de la República

Motivo de la votación:

Aprobación del artículo 3° como viene en el informe de ponencia del Proyecto de Acto Legislativo número 16 de 2012 Senado, 192 e 2012 Cámara.

Observaciones:
La información sobre esta votación no se obtuvo de la Gaceta Oficial del Congreso, sino de los archivos electrónicos que publica la Cámara de Representantes en su página web. Hora de votación: 09:04 pm.

Si: 87

No: 21

Abstención: 45

Ausentes: 11

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Carlos Eduardo Hernandez Mogollon No asisitió  Constantino Rodriguez Calvo No asisitió  German Alcides Blanco Alvarez No asisitió  Jaime Buenahora Febres No asisitió  Jorge Hernan Mesa Botero No asisitió  Juan Diego Gomez Jimenez No asisitió  Oscar de Jesus Marin Marin No asisitió  Rafael Romero Piñeros No asisitió  Telesforo Pedraza Ortega No asisitió  Victoria Eugenia Vargas Vives No asisitió  Yahir Fernando Acuña Cardales No asisitió  Carlos Arturo Correa Mojica Si Alvaro Pacheco Alvarez Si Camilo Andres Abril Jaimes Si Laureano Augusto Acuña Diaz Si Ivan Dario Agudelo Zapata Si Claudia Marcela Amaya Garcia Si Miguel Amin Escaf Si Jaime Enrique Serrano Perez Si Henry Humberto Arcila Moncada Si David Alejandro Barguil Assis Si Luis Guillermo Barrera Gutierrez Si Lina Maria Barrera Rueda Si Diela Liliana Benavides Solarte Si Bayardo Betancourt Perez Si Carlos Julio Bonilla Soto Si Didier Burgos Ramirez Si Angel Custodio Cabrera Baez Si Juan Manuel Campo Eljach Si John Jairo Cárdenas Morán Si Manuel Antonio Carebilla Cuellar Si Eduardo Jose Catañeda Murillo Si Orlando Alfonso Clavijo Clavijo Si Gloria Stella Diaz Ortiz Si Eduardo Diazgranados Abadia Si Luis Eduardo Diazgranados Torres Si Yolanda Duque Naranjo Si Luis Enrique Dussan Lopez Si Jose Bernardo Florez Asprilla Si Cesar Augusto Franco Arbelaez Si Adriana Franco Castaño Si Julio Eugenio Gallardo Archbold Si Juan Carlos Garcia Gomez Si Atilano Alonso Giraldo Arboleda Si Jose Alfredo Gnecco Zuleta Si Wilson Hernando Gomez Velasquez Si Consuelo Gonzalez de Perdomo Si Jose Gonzalo Gutierrez Triviño Si Oscar Humberto Henao Martinez Si Jairo Hinestroza Sinisterra Si Jack Housni Jaller Si Nicolas Antonio Jimenez Paternina Si Juan Felipe Lemos Uribe Si Carlos Eduardo Leon Celis Si Buenaventura Leon Leon Si Rafael Antonio Madrid Hodeg Si Mercedes Eufemia Marquez Guenzati Si Rosmery Martinez Rosales Si Jose Ignacio Mesa Betancour Si Diego Alberto Naranjo Escobar Si Nidia Marcela Osorio Salgado Si Elkin Rodolfo Ospina Ospina Si Francisco Pareja Gonzalez Si Diego Patiño Amariles Si Pedrito Tomas Pereira Caballero Si Pedro Pablo Perez Puerta Si Eduardo Enrique Perez Santos Si Jose Rodolfo Perez Suarez Si Miguel Angel Pinto Hernandez Si Augusto Posada Sanchez Si Alfonso Prada Gil Si Jairo Quintero Trujillo Si Elias Raad Hernandez Si Marta Cecilia Ramirez Orrego Si Adolfo Leon Rengifo Santibañez Si Jaime Rodriguez Contreras Si Ciro Antonio Rodriguez Pinzon Si John Jairo Roldan Avendaño Si Jorge Enrique Rozo Rodriguez Si Juan Carlos Sanchez Franco Si Ivan Dario Sandoval Perilla Si Esmeralda Sarria Villa Si Luis Antonio Serrano Morales Si Pablo Aristobulo Sierra Leon Si Mario Suarez Florez Si Libardo Antonio Taborda Castro Si Gerardo Tamayo Tamayo Si Juan Manuel Valdés Barcha Si German Varon Cotrino Si Jaime Alonso Vasquez Bustamante Si Sandra Elena Villadiego Villadiego Si Victor Raul Yepez Florez Si Armando Antonio Zabaraind Arce Si Berner Leon Zambrano Eraso Si Carlos Alberto Zuluaga Diaz Si Obed de Jesus Zuluaga Henao Si Javier Tato Alvarez Montenegro No Carlos Andres Amaya Rodriguez No Wilson Never Arias Castillo No Javid Jose Benavides Aguas No Jose Joaquin Camelo Ramos No Alejandro Carlos Chacon Camargo No Carlos Alberto Cuenca Chaux No Heriberto Escobar Gonzalez No Jorge Eliecer Gomez Villamizar No Hernando Hernandez Tapasco No Carlos Abraham Jimenez Lopez No Victor Hugo Moreno Bandeira No Carlos German Navas Talero No Jairo Ortega Samboni No Alba Luz Pinilla Pedraza No Leon Dario Ramirez Valencia No Mercedes Rincon Espinel No Guillermo Abel Rivera Florez No Angela Maria Robledo Gomez No Roosevelt Rodriguez Rengifo No Jimmy Javier Sierra Palacio No BRAVO REALPE OSCAR FERNANDO Si VELASQUEZ JARAMILLO HUGO ORLANDO Si