Detalles de la votación

Votación en plenaria
Estado del proyecto:

Aprobada conciliación en Cámara

Síntesis:
El proyecto de Acto Legislativo estipula que una ley estatutaria creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia en todo el territorio nacional y en cualquier jurisdicción. El tribunal servirá de juez de control de garantías en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública, y controlará la acusación penal, con el fin de garantizar que se cumplan los presupuestos materiales y formales para iniciar el juicio oral. El tribunal de garantías estará integrado por un número impar de magistrados, elegidos por los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Los magistrados deberán ser especialistas en derecho constitucional, derecho penal o Derecho Internacional Humanitario y cumplir con los requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Los miembros de la Fuerza Pública en retiro podrán formar parte de este tribunal. La ley establecerá un mecanismo de postulación de candidatos que asegure la composición equilibrada del Tribunal. Las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar, conocerán los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio. Estas cortes o tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro. En ningún caso la Justicia Penal Militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores. Salvo los delitos anteriores, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares. Cuando la conducta de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado sea investigada y juzgada por las autoridades judiciales, se aplicará siempre el Derecho Internacional Humanitario. En caso de que exista duda sobre la jurisdicción competente, una comisión mixta integrada por representantes de las dos jurisdicciones, constatará inmediatamente lo sucedido y remitirá la actuación a la que corresponda. La ley estatutaria regulará la composición de la comisión y la forma en que será apoyada por los diferentes órganos de Policía Judicial de las jurisdicciones ordinaria y militar. La ley estatutaria creará un fondo destinado específicamente a financiar la defensa pública técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública, en cualquiera de las dos jurisdicciones, bajo la orientación de la autoridad que determine la ley.
Acta:

Sin acta

Fecha:

December 14, 2012

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Tipo de iniciativa:

Acto Legislativo

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Plenaria de Senado de la República

Motivo de la votación:

Aprobación del Informe de Conciliación del Proyecto de Acto Legislativo número 192 de 2012 Cámara.

Observaciones:
La información sobre esta votación no se obtuvo de la Gaceta Oficial del Congreso, sino de los archivos electrónicos que publica la Cámara de Representantes en su página web. Hora de la votación: 11:07 am.

Si: 94

No: 3

Abstención: 58

Ausentes: 9

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Carlos Augusto Rojas Ortiz No asistio Carlos Nery Lopez Carbono No asistio Eduardo Diazgranados Abadia No asistio German Alcides Blanco No asistio Jose Edilberto Caicedo No asistio Jose Joaquin Camelo No asistio Orlando Velandia No asistio Roberto Jose Herrera No asistio Yahir Fernando Acuña No asistio Alvaro Pacheco Alvarez Sí Laureano Augusto Acuña Diaz Sí Ivan Dario Agudelo Zapata Sí Claudia Marcela Amaya Garcia Sí Jaime Enrique Serrano Perez Sí Henry Humberto Arcila Moncada Sí Carlos Enrique Avila Duran Sí Luis Guillermo Barrera Gutierrez Sí Lina Maria Barrera Rueda Sí Diela Liliana Benavides Solarte Sí Carlos Julio Bonilla Soto Sí Angel Custodio Cabrera Baez Sí Hernando Cardenas Cardozo Sí Manuel Antonio Carebilla Cuellar Sí Nancy Denise Castillo Garcia Sí Eduardo Jose Catañeda Murillo Sí Orlando Alfonso Clavijo Clavijo Sí Eduardo Alfonso Crissien Borrero Sí Fernando De La Peña Marquez Sí Alfredo Rafael Deluque Zuleta Sí Yolanda Duque Naranjo Sí Luis Enrique Dussan Lopez Sí Jose Bernardo Florez Asprilla Sí Cesar Augusto Franco Arbelaez Sí Adriana Franco Castaño Sí Julio Eugenio Gallardo Archbold Sí Juan Carlos Garcia Gomez Sí William Ramon Garcia Tirado Sí Atilano Alonso Giraldo Arboleda Sí Jose Alfredo Gnecco Zuleta Sí Wilson Hernando Gomez Velasquez Sí Jorge Eliecer Gomez Villamizar Sí Consuelo Gonzalez de Perdomo Sí Jose Gonzalo Gutierrez Triviño Sí Carlos Eduardo Hernandez Mogollon Sí Jack Housni Jaller Sí Carlos Abraham Jimenez Lopez Sí Carlos Eduardo Leon Celis Sí Oscar de Jesus Marin Marin Sí Juan Carlos Martinez Gutierrez Sí Rosmery Martinez Rosales Sí Raymundo Elias Mendez Bechara Sí Jose Ignacio Mesa Betancour Sí Carlos Uriel Naranjo Velez Sí Victor Hugo Moreno Bandeira Sí Pedro Mary Muvdi Aranguena Sí Diego Alberto Naranjo Escobar Sí Luis Fernando Ochoa Zuluaga Sí Carlos Edward Osorio Aguiar Sí Nidia Marcela Osorio Salgado Sí Elkin Rodolfo Ospina Ospina Sí Diego Patiño Amariles Sí Telesforo Pedraza Ortega Sí Hernan Penagos Giraldo Sí Pedrito Tomas Pereira Caballero Sí Pedro Pablo Perez Puerta Sí Jose Rodolfo Perez Suarez Sí Miguel Angel Pinto Hernandez Sí Augusto Posada Sanchez Sí Alfonso Prada Gil Sí Gustavo Hernan Puentes Diaz Sí Jairo Quintero Trujillo Sí Marta Cecilia Ramirez Orrego Sí Leon Dario Ramirez Valencia Sí Adolfo Leon Rengifo Santibañez Sí Humphrey Roa Sarmiento Sí Constantino Rodriguez Calvo Sí John Jairo Roldan Avendaño Sí Rafael Romero Piñeros Sí Jorge Enrique Rozo Rodriguez Sí Juan Carlos Salazar Uribe Sí Juan Carlos Sanchez Franco Sí Ivan Dario Sandoval Perilla Sí Esmeralda Sarria Villa Sí Luis Antonio Serrano Morales Sí Mario Suarez Florez Sí Libardo Antonio Taborda Castro Sí Gerardo Tamayo Tamayo Sí Didier Alberto Tavera Amado Sí Victoria Eugenia Vargas Vives Sí Jaime Alonso Vasquez Bustamante Sí Hugo Orlando Velasquez Jaramillo Sí Nicolas Daniel Guerrero Montaño Sí Victor Raul Yepez Florez Sí Jaime Armando Yepez Martinez Sí Armando Antonio Zabaraind Arce Sí Carlos Alberto Zuluaga Diaz Sí Efrain Antonio Torres Monsalvo Sí Oscar Fernando Bravo Realpe Sí Camilo Andres Abril Jaimes Sí Simon Gaviria Muñoz Sí Fabio Raul Amin Saleme Sí Rafael Antoniio Madrid Hodeg Sí Didier Burgos Ramirez Sí Ivan Cepeda Castro No Carlos German Navas Talero No Guillermo Abel Rivera Florez No