Detalles de la votación
Votación en plenaria
Estado del proyecto:
Aprobada conciliación en Cámara
Síntesis:
El proyecto de Acto Legislativo estipula que una ley estatutaria creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia en todo el territorio nacional y en cualquier jurisdicción. El tribunal servirá de juez de control de garantías en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública, y controlará la acusación penal, con el fin de garantizar que se cumplan los presupuestos materiales y formales para iniciar el juicio oral.
El tribunal de garantías estará integrado por un número impar de magistrados, elegidos por los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Los magistrados deberán ser especialistas en derecho constitucional, derecho penal o Derecho Internacional Humanitario y cumplir con los requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Los miembros de la Fuerza Pública en retiro podrán formar parte de este tribunal. La ley establecerá un mecanismo de postulación de candidatos que asegure la composición equilibrada del Tribunal.
Las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar, conocerán los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio. Estas cortes o tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro.
En ningún caso la Justicia Penal Militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores. Salvo los delitos anteriores, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares.
Cuando la conducta de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado sea investigada y juzgada por las autoridades judiciales, se aplicará siempre el Derecho Internacional Humanitario.
En caso de que exista duda sobre la jurisdicción competente, una comisión mixta integrada por representantes de las dos jurisdicciones, constatará inmediatamente lo sucedido y remitirá la actuación a la que corresponda. La ley estatutaria regulará la composición de la comisión y la forma en que será apoyada por los diferentes órganos de Policía Judicial de las jurisdicciones ordinaria y militar.
La ley estatutaria creará un fondo destinado específicamente a financiar la defensa pública técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública, en cualquiera de las dos jurisdicciones, bajo la orientación de la autoridad que determine la ley.
Acta:
Sin acta
Fecha:
December 14, 2012
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2011 - Jul 2012
Tipo de iniciativa:
Acto Legislativo
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Plenaria de Senado de la República
Motivo de la votación:
Aprobación del Informe de Conciliación del Proyecto de Acto Legislativo número 192 de 2012 Cámara.
Observaciones:
La información sobre esta votación no se obtuvo de la Gaceta Oficial del Congreso, sino de los archivos electrónicos que publica la Cámara de Representantes en su página web. Hora de la votación: 11:07 am.
Si: 94
No: 3
Abstención: 58
Ausentes: 9
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Carlos Augusto Rojas Ortiz No asistio
Carlos Nery Lopez Carbono No asistio
Eduardo Diazgranados Abadia No asistio
German Alcides Blanco No asistio
Jose Edilberto Caicedo No asistio
Jose Joaquin Camelo No asistio
Orlando Velandia No asistio
Roberto Jose Herrera No asistio
Yahir Fernando Acuña No asistio
Alvaro Pacheco Alvarez Sí
Laureano Augusto Acuña Diaz Sí
Ivan Dario Agudelo Zapata Sí
Claudia Marcela Amaya Garcia Sí
Jaime Enrique Serrano Perez Sí
Henry Humberto Arcila Moncada Sí
Carlos Enrique Avila Duran Sí
Luis Guillermo Barrera Gutierrez Sí
Lina Maria Barrera Rueda Sí
Diela Liliana Benavides Solarte Sí
Carlos Julio Bonilla Soto Sí
Angel Custodio Cabrera Baez Sí
Hernando Cardenas Cardozo Sí
Manuel Antonio Carebilla Cuellar Sí
Nancy Denise Castillo Garcia Sí
Eduardo Jose Catañeda Murillo Sí
Orlando Alfonso Clavijo Clavijo Sí
Eduardo Alfonso Crissien Borrero Sí
Fernando De La Peña Marquez Sí
Alfredo Rafael Deluque Zuleta Sí
Yolanda Duque Naranjo Sí
Luis Enrique Dussan Lopez Sí
Jose Bernardo Florez Asprilla Sí
Cesar Augusto Franco Arbelaez Sí
Adriana Franco Castaño Sí
Julio Eugenio Gallardo Archbold Sí
Juan Carlos Garcia Gomez Sí
William Ramon Garcia Tirado Sí
Atilano Alonso Giraldo Arboleda Sí
Jose Alfredo Gnecco Zuleta Sí
Wilson Hernando Gomez Velasquez Sí
Jorge Eliecer Gomez Villamizar Sí
Consuelo Gonzalez de Perdomo Sí
Jose Gonzalo Gutierrez Triviño Sí
Carlos Eduardo Hernandez Mogollon Sí
Jack Housni Jaller Sí
Carlos Abraham Jimenez Lopez Sí
Carlos Eduardo Leon Celis Sí
Oscar de Jesus Marin Marin Sí
Juan Carlos Martinez Gutierrez Sí
Rosmery Martinez Rosales Sí
Raymundo Elias Mendez Bechara Sí
Jose Ignacio Mesa Betancour Sí
Carlos Uriel Naranjo Velez Sí
Victor Hugo Moreno Bandeira Sí
Pedro Mary Muvdi Aranguena Sí
Diego Alberto Naranjo Escobar Sí
Luis Fernando Ochoa Zuluaga Sí
Carlos Edward Osorio Aguiar Sí
Nidia Marcela Osorio Salgado Sí
Elkin Rodolfo Ospina Ospina Sí
Diego Patiño Amariles Sí
Telesforo Pedraza Ortega Sí
Hernan Penagos Giraldo Sí
Pedrito Tomas Pereira Caballero Sí
Pedro Pablo Perez Puerta Sí
Jose Rodolfo Perez Suarez Sí
Miguel Angel Pinto Hernandez Sí
Augusto Posada Sanchez Sí
Alfonso Prada Gil Sí
Gustavo Hernan Puentes Diaz Sí
Jairo Quintero Trujillo Sí
Marta Cecilia Ramirez Orrego Sí
Leon Dario Ramirez Valencia Sí
Adolfo Leon Rengifo Santibañez Sí
Humphrey Roa Sarmiento Sí
Constantino Rodriguez Calvo Sí
John Jairo Roldan Avendaño Sí
Rafael Romero Piñeros Sí
Jorge Enrique Rozo Rodriguez Sí
Juan Carlos Salazar Uribe Sí
Juan Carlos Sanchez Franco Sí
Ivan Dario Sandoval Perilla Sí
Esmeralda Sarria Villa Sí
Luis Antonio Serrano Morales Sí
Mario Suarez Florez Sí
Libardo Antonio Taborda Castro Sí
Gerardo Tamayo Tamayo Sí
Didier Alberto Tavera Amado Sí
Victoria Eugenia Vargas Vives Sí
Jaime Alonso Vasquez Bustamante Sí
Hugo Orlando Velasquez Jaramillo Sí
Nicolas Daniel Guerrero Montaño Sí
Victor Raul Yepez Florez Sí
Jaime Armando Yepez Martinez Sí
Armando Antonio Zabaraind Arce Sí
Carlos Alberto Zuluaga Diaz Sí
Efrain Antonio Torres Monsalvo Sí
Oscar Fernando Bravo Realpe Sí
Camilo Andres Abril Jaimes Sí
Simon Gaviria Muñoz Sí
Fabio Raul Amin Saleme Sí
Rafael Antoniio Madrid Hodeg Sí
Didier Burgos Ramirez Sí
Ivan Cepeda Castro No
Carlos German Navas Talero No
Guillermo Abel Rivera Florez No