Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Archivado por Tránsito de Legislatura
Síntesis:
Las normas del presente Código rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulación de todos los actores del tránsito y los vehículos por las v ías públicas o privadas que están abiertas al público, o en las vías privadas por las que internamente circulen vehículos; así como la actuación y procedimientos de las autoridades de tránsito. En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución Política, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los discapacitados físicos y mentales, para la preservación de un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público. Le corresponde al Ministerio de Transporte, como autoridad suprema de tránsito y máximo ente del Sistema Nacional de Tránsito, definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito y seguridad vial.
Acta:
27-dic
Fecha:
June 14, 2012
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2011 - Jul 2012
Tipo de iniciativa:
Proposiciones
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Cámara de Representantes
Comisión:
Sexta de Cámara
Motivo de la votación:
Aprobación de la proposición suscrita por el representante Luis Guillermo Barrera Guitérrez, por medio de la cual se modifica el artículo 4° de Proyec
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 12
No: 0
Abstención: 5
Ausentes: 1
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Sin información