Por el cual se reforma el artículo 108 de la Constitución Política (cuotas electorales).

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 05/99

Tema principal: Partidos y movimientos

Tema secundario: Organización Electoral y elecciones

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 1999 - Jul 2000

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis
La estructura interna y el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos se sujetarán a los principios democráticos conforme a la Ley. En todo caso, la elección de sus órganos directivos y escogencia de sus candidatos a cargos de elección popular se harán por consulta interna. La autoridad electoral no podrá inscribir ninguna lista de partidos, movimientos políticos, movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos que no contengan una proporción del 50% de candidatos hombres y 50% candidatas mujeres, alternados desde el primer lugar de la lista.

Línea del tiempo

  • 10/20/1999
    Archivado en Debate - Gaceta: 313/99, 53/00

    Art.157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/18/1999
      Publicación - Gaceta: 262/99

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/12/1999
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas