Por la cual se establece el no retiro del servicio activo por razones del servicio y en forma discrecional del personal uniformado de la Policía Nacional y Fuerzas Militares, se deroga el retiro del servicio activo por facultad discrecional, por inconveniencia y por razones de inteligencia del personal no uniformado y personal civil que integra la Policía Nacional y Fuerzas Militares en Colombia.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 77/01
Tema principal: Seguridad, defensa y fuerza pública
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El Gobierno Nacional, Ministerio de Defensa Nacional, el Director de la Policía Nacional, el Comandante de las Fuerzas Militares y los Comandantes de cada Fuerza en Colombia, unos y otros, no podrán disponer el retiro del servicio activo del personal uniformado por razones del servicio y en forma discrecional. Igualmente, no se podrá retirar del servicio activo por la facultad discrecional, por inconveniencia y por informes de inteligencia, al personal no uniformado y personal civil que pertenezca a las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Línea del tiempo
- 6/20/2002Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/21/2001Publicación - Gaceta: 410/01
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/16/2001Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas