Por la cual se modifica y adiciona el Estatuto Tributario.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 42/02

Tema principal: Impuestos

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El contribuyente, responsable o agente retenedor de impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales que mediante fraude disminuya el saldo por pagar por concepto de retenciones o impuestos o aumente el saldo en favor de sus declaraciones tributarias, en cuantía igual o superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales, incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años y en inhabilidad para ejercer el comercio, profesión u oficio por el mismo término de la pena principal. En igual sanción incurrirá quien, valiéndose de fraude, no presente declaración de impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, estando obligado a hacerlo, siempre que el impuesto determinado por la Administración sea igual o superior a la cuantía antes señalada. Cuando la disminución del saldo por pagar por concepto de retenciones o impuestos, o el aumento del saldo a favor, fuere inferior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales, la pena será de multa.

Línea del tiempo

  • 6/20/2003
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/12/2002
      Publicación - Gaceta: 325/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/6/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas