Por la cual se modifican los artículos 21 y 35 de la Ley 100 de 1993 así como el 33 de la misma ley reformado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003. [Primera mesada pensional]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 88/03

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Laboral

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2003 - Jul 2004

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Resolver legalmente la controversia suscitada entre las Altas Cortes al no existir norma expresa relacionada con la indexación de la primera mesada pensional de aquellos trabajadores que se han retirado o son retirados de la empresa en que han laborado sin haber cumplido la edad requerida por el derogado artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo, sustituido por el 33 de la Ley 100 de 1993 el que a su vez fue reformado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003 y bajo las previsiones del artículo 36 ibídem para aquellos pertenecientes o que se ven favorecidos por el régimen pensional anterior a la vigencia de dicha ley.

Línea del tiempo

  • 6/20/2004
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

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    Corporación: Sin corporación


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      • 5/13/2004
        Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 201/04

        Primer


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        • 8/26/2003
          Publicación - Gaceta: 436/03

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