Por la cual se modifican los artículos 21 y 35 de la Ley 100 de 1993 así como el 33 de la misma ley reformado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003. [Primera mesada pensional]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 88/03
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Laboral
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2003 - Jul 2004
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Resolver legalmente la controversia suscitada entre las Altas Cortes al no existir norma expresa relacionada con la indexación de la primera mesada pensional de aquellos trabajadores que se han retirado o son retirados de la empresa en que han laborado sin haber cumplido la edad requerida por el derogado artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo, sustituido por el 33 de la Ley 100 de 1993 el que a su vez fue reformado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003 y bajo las previsiones del artículo 36 ibídem para aquellos pertenecientes o que se ven favorecidos por el régimen pensional anterior a la vigencia de dicha ley.
Línea del tiempo
- 6/20/2004Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
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- 5/13/2004Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 201/04
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- 8/26/2003Publicación - Gaceta: 436/03
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