Por medio de la cual se establece un esquema progresivo de deducibilidad del Gravamen a los Movimientos Financieros y una exención para las personas naturales de menores ingresos. [Desmonte gradual del 4×1000]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 250/26

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Economía

Tema secundario: Comercio, industria y turismo

Cuatrienio: 2026 - 2030

Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

El presente proyecto de ley tiene por objeto introducir progresividad en el tratamiento tributario del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) del 4×1000, y modificando su tarifa general de forma tal que se elimine gradualmente. Para ello se propone: (i) sustituir la deducción plana y limitada al 50% del GMF pagado —hoy consagrada en el inciso segundo del artículo 115 del Estatuto Tributario (E.T. Decreto Ley 624 de 1989)— por una tabla de deducibilidad escalonada según el nivel de renta líquida gravable del contribuyente, de manera que quienes menos ingresos declaran puedan deducir un porcentaje mayor del gravamen efectivamente pagado; (ii) exonerar por completo del GMF a las personas naturales no obligadas a declarar renta o cuya renta líquida gravable no supere 1.090 UVT, mediante la adición del numeral 32 al artículo 879 del Estatuto Tributario; y (iii) bajar progresivamente la tarifa del 4 por mil hasta que esta sea igual a cero.


Línea del tiempo

  • 8/20/2026
    Radicado - Gaceta: S/N

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas