Por medio de la cual se modifican los artículos 160, 161 y 179 del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones. [Horas extras]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 82/14
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Laboral
Tema secundario:
Cuatrienio: 2014-2018
Legislatura: Legislatura Jul 2014 - Jul 2015
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
1. Trabajo diurno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las dieciocho horas (6:00 p. m.).
2. Trabajo nocturno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las dieciocho horas (6:00 p. m.) y las seis horas (6:00 a. m.).
Línea del tiempo
- 9/3/2014Acumulado - Gaceta: S/N
Ver PL 06/14 Senado
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 9/2/2014Publicación - Gaceta: 453/14
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/27/2014Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas