Por medio del cual se modifica la Ley 1475 de 2011 en relación a la doble militancia y se dictan otras disposiciones. [Sanciones a la doble militancia]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 414/24

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Partidos y movimientos

Tema secundario: Organización Electoral y elecciones

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

El presente proyecto tiene por objetivo desarrollar y fortalecer el marco normativo que regula la prohibición de la doble militancia, ajustando y complementando las disposiciones en la Ley 1475 de 20011. En términos generales, este proyecto de ley tiene como objetivo principal reforzar los mecanismos de sanción y control frente a la doble militancia, definiendo de manera más clara las conductas, los sujetos, elementos objetivos de imputación y el elemento temporal. El propósito central es garantizar la coherencia y disciplina interna de los partidos y movimientos políticos, promoviendo la lealtad de sus miembros y evitando que ciudadanos, electos o no, participen en actividades de otras colectividades políticas sin renunciar formalmente a su militancia original, desde un marco de participación que incluya el manejo y aplicabilidad de los acuerdos en coalición. Al precisar las conductas prohibidas y establecer reglas claras sobre el apoyo a candidatos de otros partidos, se busca evitar confusiones entre los votantes y fortalecer la responsabilidad política de los representantes.


Línea del tiempo

  • 11/1/2024
    Publicación - Gaceta: 1869/24

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 10/30/2024
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas