Detalles de la votación

Votación en comisión
Estado del proyecto:

Aprobado Primer Debate

Síntesis:
Los contribuyentes del Régimen Tributario Especial a que se refiere el numeral 1 del artículo 19 del Estatuto Tributario y las entidades no contribuyentes que se mencionan en el ar tículo 23 del mismo Estatuto, que no hayan presentado las declaraciones de retención en la fuente en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio del 2006 y lo hagan dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley, no deberán liquidar las sanciones por extemporaneidad a las que se refieren los artículos 641 y 642 del Estatuto Tributario.
Acta:

16-Oct

Fecha:

December 15, 2009

Cuatrienio:

2006-2010

Legislatura:

Legislatura Jul 2009 - Jul 2010

Tipo de iniciativa:

Proyecto de Ley

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Votación dada en Cámara de Representantes

Comisión:

Tercera de Cámara

Motivo de la votación:

Aprobación de la proposición con que termina el informe de ponencia al Proyecto Ley Numero 123 de 2009 Cámara.

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 19

No: 1

Abstención: 5

Ausentes: 1

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Sin información