Detalles de la votación

Votación en comisión
Estado del proyecto:

Aprobado Primer Debate

Síntesis:
Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época del parto, remunerada con el salario que devenga al entrar a disfrutar el descanso. De las catorce (14) semanas de licencia remunerada, los tres (3) días antes del probable parto serán de obligatorio goce; no obstante por decisión de la madre o prescripción médica, el tiempo de la licencia podrá comenzar dos semanas antes de la presunta fecha de parto, sin exceder de las catorce (14) semanas de licencia.
Acta:

10-Nov

Fecha:

October 26, 2010

Cuatrienio:

2010-2014

Legislatura:

Legislatura Jul 2010 - Jul 2011

Tipo de iniciativa:

Proposiciones

Clase de votación:

Nominal

Corporación:

Votación dada en Senado de la República

Comisión:

Séptima de Senado

Motivo de la votación:

Aprobación de la proposición suscrita por la Senadora Gloria Inés Ramirez, por medio de la cual se añade un artículo al Proyecto de Ley número 12 de 2

Observaciones:
Sin observaciones

Si: 12

No: 0

Abstención: 2

Ausentes: 0

Asistencias: 0

Aprobada: 1

Resultado de la votación:
Sin información