Detalles de la votación
Votación en comisión
Estado del proyecto:
Aprobado Primer Debate
Síntesis:
Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época del parto, remunerada con el salario que devenga al entrar a disfrutar el descanso. De las catorce (14) semanas de licencia remunerada, los tres (3) días antes del probable parto serán de obligatorio goce; no obstante por decisión de la madre o prescripción médica, el tiempo de la licencia podrá comenzar dos semanas antes de la presunta fecha de parto, sin exceder de las catorce (14) semanas de licencia.
Acta:
10-Nov
Fecha:
October 26, 2010
Cuatrienio:
2010-2014
Legislatura:
Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Tipo de iniciativa:
Proposiciones
Clase de votación:
Nominal
Corporación:
Votación dada en Senado de la República
Comisión:
Séptima de Senado
Motivo de la votación:
Aprobación de la proposición suscrita por la Senadora Gloria Inés Ramirez, por medio de la cual se añade un artículo al Proyecto de Ley número 12 de 2
Observaciones:
Sin observaciones
Si: 11
No: 0
Abstención: 3
Ausentes: 0
Asistencias: 0
Aprobada: 1
Resultado de la votación:
Sin información